Permiso de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado
A partir del mes de octubre de 2020, Panamá ofrece un Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado por mantener actividades de inversión en la República de Panamá, bajo cualquiera de las siguientes condiciones:
1) Toda persona extranjera que realice la apertura de un depósito a plazo fijo por un monto de Setecientos cincuenta mil dólares (US$750,000.00), y por un término mínimo de validez de cinco (5) años en cualquier banco de licencia general autorizado para operar en la República de Panamá. Este depósito deberá estar libre de todo gravamen.
2) Toda persona extranjera que invierta la suma de Quinientos mil dólares (US$ 500,000.00) en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual deberá estar libre de gravámenes. Hasta octubre de 2022, la inversión por razones inmobiliarias podrá ser por la suma de Trescientos mil dólares (US$300,000.00).
3) Toda persona extranjera que realice una o varias inversiones a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) de Panamá por un monto mínimo de Quinientos mil dólares (US$ 500,000.00) en títulos valores de emisores cuyos negocios incidan en el territorio nacional a través de la Bolsa de Valores de Panamá (BVP).
Los principales requisitos para la presentación de la solicitud son:
En caso de depósito a plazo fijo, será la copia autenticada por el banco emisor del Certificado de Depósito a Plazo Fijo indicando su titular, el valor y el plazo del documento.
En caso de inversiones a través de una Casa de Valores, será la copia autenticada del certificado emitido por la Casa de Valores.
En caso de compra de un bien inmueble, se requiere presentar la Certificación del Registro Público que acredite la titularidad del bien inmueble según las características antes indicadas.
Adicionalmente se deberá aportar lo siguiente:
Un pago de Cinco mil dólares (US$5,000.00) a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud del trámite migratorio, y otro pago de Cinco mil dólares (US$5,000.00) a favor del Servicio Nacional de Migración (SMN) en concepto de depósito de repatriación.
Requisitos mínimos para tramitar el Permiso de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado ante el Servicio Nacional de Migración:
Poder otorgado por el interesado (notariado).
Solicitud del apoderado legal.
Tres (3) fotografías tamaño carné.
Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Autoridad correspondiente).
Certificado de antecedentes penales.
Certificado de buena salud.
Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
Pago al Tesoro Nacional por US$ 5,000.00.
Pago al Servicio Nacional de Migración por US$ 5,000.00.
Certificación emitida por la Dirección de Promoción de las Inversiones del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).
En caso de que el aplicante desee incluir a sus dependientes en su aplicación, deberá aportar en adición los siguientes documentos:
Poder y Solicitud conjunta al principal, el dependiente que sea mayor de edad.
Certificado que pruebe el parentesco (matrimonio o nacimiento) (autenticado y traducido).
Carta de Responsabilidad Notariada.
Carta de Autorización en caso tal de presentar solo uno de los padres.
Pago al Tesoro Nacional por US$ 1,000.00 (por cada dependiente).
Pago al Servicio Nacional de Migración por US$ 1,000.00 (por cada dependiente).
Los hijos mayores de 18 años, pero menores de 25, deben aportar: Certificado del centro de estudios que acredite la condición de estudiante tiempo completo y de forma regular.
Declaración jurada de soltería ante notario público panameño.
Los invitamos a agendar una cita con nosotros para orientarlo con mayor detalle sobre el proceso que se requiere para aplicar a este tipo de residencia permanente.